Fuentes del Ministerio de Trabajo destacan que el ministerio irá por la vía penal si las empresas de reparto a domicilio siguen usando a falsos autónomos como trabajadores.

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Trabajo avisa a las plataformas de reparto: o cumplen o vía penal

El Ministerio comienza a enviar los requerimientos a las empresas multadas y, según fuentes, se trata del paso previo para ir por la vía penal.

El paso previo a la vía Penal

Se trata de una iniciativa de este Ministerio que comienza a enviar el requerimiento a las plataformas multadas, después de que haya varias sentencias que les han dado la razón a los repartidores, dados de alta como los falsos autónomos, y que estaban realizando realmente la labor de un trabajador por cuenta ajena.

Dicen fuentes del Ministerio que se trata del paso previo al traslado a la Fiscalía de la documentación para el inicio de la vía penal. Estas empresas podrían incurrir en la aplicación del artículo 311.2 del Código Penal, reformado a finales de 2022 y que contempla penas de entre seis meses y seis años de cárcel.

"Estamos requiriendo a las empresas que se cumpla con el mandato judicial y, por tanto, también lo que señaló la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que es, ni más ni menos, que se trata de trabajadores por cuenta ajena", explican desde Trabajo.

De acuerdo con el citado artículo, se contemplan penas de cárcel a quien imponga "condiciones ilegales a sus trabajadores mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantengan en contra del requerimiento o sanción administrativa".