El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de Ley del Mercado de Valores, transposición de la directiva europea MiFID II, para asegurar unos elevados niveles de protección de los inversores en productos financieros y aumentar la seguridad de los mercados de valores.

Lo más destacable del anteproyecto de ley es todo lo relativo a la protección del pequeño inversor en aspectos como las comisiones que las entidades exigen por las denominadas retrocesiones. En concreto, se prohíbe absolutamente el cobro de comisiones cuando se prestan servicios de asesoramiento financiero independiente o gestión de carteras.

Si se prestan otros servicios de inversión es necesario incrementar la calidad del asesoramiento y garantizar que se actúa de forma "honesta, justa y profesional" de acuerdo con el mejor interés del cliente.

Se considera que se cumplen estas condiciones cuando, por ejemplo, en la oferta de productos se incluyen los de otros competidores.

El desarrollo reglamentario de la ley determinará que debe ofrecerse, al menos, un 25 % del total de los productos de la misma categoría de terceras entidades para considerar que existe el aumento de la calidad del servicio.