El entorno del parque natural de Doñana arde desde el sábado, y ya son 2000 las personas desalojadas en los municipios onubenses de Matalascañas y Mazarrón, aunque las llamas aún no han llegado a la zona más protegida. Ante estos hechos surgen voces que hablan de un incendio provocado para propiciar una recalificación del terreno.


En este sentido, Álvaro García Ortiz, fiscal de medioambiente de Galicia, afirma que "la Ley de Montes prohibe el cambio de usos en aquellos lugares que hayan sido objeto de incendios". Las críticas llegan por una excepción a este precepto, incluida en la modificación de la Ley de Montes realizada en 2015 por el PP, que permite la recalificación  en caso de que concurran "razones imperiosas de interés público". Teniendo todo en cuenta, Ortiz duda que "la intencionalidad, en caso de que se pruebe, pueda derivar en el beneficio a las personas que hayan provocado el incendio". 



Para Ortiz esta intencionalidad es evidente, aunque destaca la diferencia entre un incendio intencional, y un delito de incendio. Un 98% de los incendios provienen de la mano del hombre, pero solo alrededor del 60% son intencionales. También incide en que las causas y circunstancias de los incendios están sujetas a la climatología y por tanto responden a factores diferentes en cada región y en cada territorio. Determina que "los incendios responden a cuestiones muy locales" y que no se puede establecer un patrón de manera general ya que es un fenómeno muy complejo. 


El fiscal destaca que la ordenación y la calificación de los territorios son los mayores instrumentos de prevención, pero que en última instancia "nos corresponde a todos poner de nuestra parte para minimizar los factores de riesgo", aunque es imposible eliminarlos por completo.