Tertulia: ¿son los 'riders' falsos autónomos?

Hablamos en "Uno de los nuestros" sobre las condiciones laborales de los repartidores de plataformas como Deliveroo o Glovo, con Sacha Michaud, co-fundador de Glovo, Celia Ferrero, vicepresidenta de ATA y Dani Gutiérrez, portavoz de RidersxDerechos

En el macrojuicio para determinar la relación laboral entre Deliveroo y más de 500 repartidores o riders que utilizaban su plataforma se ha dado la razón a la Inspección de Trabajo. La justicia reconoce que son asalariados y no autónomos, es decir, falsos autónomos, tal y como defendía la Seguridad Social. La sentencia no es firme y la empresa ya ha anunciado que la recurrirá.

Lo que ha determinado ahora el juez es que la empresa tiene una relación laboral y debe tratarlos como trabajadores, haciéndose cargo de los distintos pagos por cotizaciones.

¿Cómo empezó el asunto?

La Tesorería de la Seguridad Social puso una demanda por la que reclamaba a Deliveroo (que opera como Roofoods Spain SL) 1,2 millones de euros en cotizaciones no pagadas por un expediente por el periodo de octubre del 2015 a junio del 2017. La Inspección determinaba que estos repartidores estaban bajo una “falsa apariencia” de autónomos por cuenta propia para “encubrir” una relación laboral ordinaria.

El juicio se celebró el pasado mes de mayo (fueron citados más de 500 riders) después de que a principios de 2018 Inspección de Trabajo obligara a Deliveroo a contratar a más de 500 repartidores que habían trabajado para la plataforma entre 2015 y 2017.

Varias sentencias a favor y en contra

Desde que empezaron a proliferar este tipo de plataformas de reparto de comida a domicilio ha habido mucha polémica sobre si los repartidores deben ser parte de la plantilla o son autónomos. Y ya ha habido varias sentencias individuales al respecto, aunque algunas han fallado a favor y otras, en contra. Deliveroo colabora en España con cerca de 5.000 restaurantes y 1.500 riders y está presente en más de 40 ciudades y municipios del país.

En la sentencia el magistrado concluye que estos repartidores "han ejecutado un trabajo personal en unas condiciones organizadas y dirigidas por la empresa, que es la única que controla la marca Deliveroo, su aplicación informática y toda la información que se desprende de ella". El juez cita, para apoyar su decisión, la gestión de las propinas, que las hace la propia plataforma, la publicidad de la empresa en las motos o bicis, o las reglas de comportamiento que la empresa exige a sus riders.

El caso de Glovo

La inspección de Trabajo también ha llevado ante la justicia a Glovo, otra de las plataformas de reparto. Denuncia las condiciones laborales de sus trabajadores, a los que considera también falsos autónomos. En el caso de Glovo la polémica también se desató tras la muerte de un repartidor, que evidenció la existencia de un mercado negro de licencias que alquilan aquellos que están dados de alta a los que no lo están para que realicen sus entregas. Algo que para Sacha Michaud, co-fundador de la plataforma, no depende de ellos y no pueden evitar que suceda.

Los repartidores, que se han organizado en plataformas como Riders x Derechos, piden que se reconozca que son falsos autónomos. En Capital Radio, uno de sus portavoces, Dani Gutiérrez, explica que no hace falta más legislación, sino cumplir la que ya hay.

En cambio desde Ata, su vicepresidenta, Celia Ferrero, defendía la figura del Trade Digital (trabajador autónomo económicamente dependiente). El autónomo Trade es aquel que factura más del 75% de sus ventas a un solo cliente. Una figura que se aprobó con el Estatuto del Trabajo Autónomo y que ha dado lugar a bastante controversia.

También defienden esa figura desde Glovo. Según Sacha Michaud, podría profundizarse en esa figura, ampliando la legislación, como una posible respuesta a la situación de los riders. (Escucha la tertulia completa en nuestro podcast).