"Un concurso sin masa no libera al administrador de responsabilidades". Así lo advierte Marta Sagalá, especialista en Reestructuración de Empresas y Derecho Concursal en Roca Junyent. Es la protagonista del nuevo episodio de Reestructuración y Segunda Vida, el espacio de Surus en Capital Radio.

Como siempre, también con la participación de Daniel Barrientos, responsable del Departamento de Inmuebles de Surus; Alicia Tabanera, abogada del Departamento de Insolvencias de Surus; y Luis Vicente Muñoz, CEO de Capital Radio.

Surus, Reestructuración y Segunda Vida | "Un concurso sin masa no libera al administrador de responsabilidades"

Marta Sagalá, especialista en reestructuración empresarial, analiza los riesgos y consideraciones legales de los concursos sin activos suficientes.

¿Qué es un concurso sin masa?

Según explica Daniel Barrientos, "el concurso sin masa se introdujo en la Ley 38-2011 y está pensado para aquellas sociedades que no disponen de activos suficientes como para cubrir los créditos contra la masa que se generarían de la tramitación del propio concurso".

Sagalá advierte que este tipo de procedimiento no exime de responsabilidades: "El concurso express no significa que el administrador se libre de toda responsabilidad".

La experta señala que "hay dos vías: se puede ir por la vía del 241 de la Ley de Sociedades de Capital, que es la acción individual de responsabilidad, o por la vía de la responsabilidad por deudas".

A día de hoy, con la ley en la mano, el acreedor sigue un poco desprotegido

"Nosotros recomendamos el concurso sin masa efectivamente cuando es un concurso que hay tanto de persona física como jurídica, cuando efectivamente sus activos son insuficientes para pagar y porque además tiene el deber de cumplir con la obligación de presentar concurso"

Sin embargo, advierte firmemente: "Lo que en ningún caso recomendamos es acudir al concurso sin masa alterando la contabilidad o haciendo una liquidación por debajo del precio de mercado de los activos, porque eso puede tener consecuencias".

En conclusión, el mensaje principal es que, aunque el concurso sin masa puede ser una herramienta útil en determinadas circunstancias, debe utilizarse con precaución y siempre dentro del marco de la legalidad, teniendo en cuenta que no exime a los administradores de sus responsabilidades legales.