El Tribunal de Justicia de la UE ha anulado las decisiones de la Comisión que declararon ilegales las ayudas fiscales de España a las multinacionales españolas por comprar empresas extranjeras.

El fallo, que da la razón a compañías como Autogrill y Banco Santander, considera que el Ejecutivo comunitario "no ha demostrado el carácter selectivo de este régimen". Con esta sentencia, las empresas españolas no tendrán que devolver las ayudas recibidas a través de este régimen.

Este sistema que se aplicó desde 2002, permitía a las multinacionales la amortización durante 20 años del fondo de comercio financiero (la diferencia entre el coste de las participaciones de una empresa y el valor de mercado de sus activos) en la adquisición de participaciones en empresas extranjeras. Entre los casos que se beneficiaron de este régimen, y que provocaron quejas de eurodiputados ante Bruselas para que lo investigara, se encuentran la compra de O2 por parte de Telefónica y la de Scottish Power por parte de Iberdrola.

La Comisión dictaminó en 2009 que este sistema constituía una ayuda pública ilegal en el caso de la adquisición de empresas de la UE y en 2011 prohibió también estas ayudas para la compra de compañías extracomunitarias. Además, ordenó el reembolso de las subvenciones concedidas con este régimen desde diciembre de 2007, fecha en que se abrió la investigación. El total de las ayudas a devolver todavía no había sido cuantificado por Bruselas y el Gobierno español.

Con esta sentencia, el Tribunal General anula las dos decisiones de la Comisión.