Hoy en día, el delito de blanqueo de capitales ha cobrado una importancia muy relevante en nuestro derecho penal. Regulado en los artículos 298 y siguientes del Código Penal, el delito consiste en integrar en el sistema económico bienes o dinero derivados de una actividad delictiva, ocultando dicha procedencia ilícita. Se trata así de “borrar las huellas” de esta procedencia ilícita.

Las modalidades de participación son diversas. Se castiga a quién realice las siguientes actuaciones:

*Adquirir, poseer, utilizar, convertir o transmitir bienes sabiendo que tienen su origen en un delito grave.

*Realizar cualquier acto para ocultar o encubrir el origen ilícito de los bienes.

*Realizar cualquier acto para ayudar a la persona que ha participado en la infracción para eludir sus consecuencias legales.

*Ocultación o encubrimiento de la verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o derechos sobre los bienes o su propiedad, a sabiendas de que proceden de un delito grave.

Además, estas modalidades pueden verse agravadas cuando ocurran ciertos sucesos como por ejemplo que el culpable pertenezca a una organización delictiva dedicada a esos fines.

En el caso que nos ocupa, la modalidad que se investigaba era la de realizar un acto para ayudar a la persona que ha participado en la infracción para eludir sus consecuencias legales.

Una persona decidió hacerle un favor a un amigo suyo sin saber que ello supondría que de la noche a la mañana se iba a encontrar investigado en una causa compleja.

Una situación que, como veremos, podría pasarle a cualquiera.

El favor consistía en recibir una transferencia de la parte de su amigo, sacar el dinero recibido y entregárselo en efectivo al mismo. Ello, porque el amigo del investigado le dijo que no le funcionaba la tarjeta de crédito y que necesitaba dinero con urgencia para pagar al propietario de su alquiler.

El investigado no sabía, ni podía saber, que el dinero con el que su amigo realizaba la transferencia procedía de una actividad delictiva, ni podía saber, que sin quererlo estaba ayudando a su amigo a meter el dinero en el sistema económico. Tampoco sabía que se estaba convirtiendo, sin quererlo ni saberlo, en partícipe de un delito de blanqueo de capitales.

Al poco tiempo, le detuvieron, le interrogaron, bloquearon sus cuentas y embargaron sus bienes, y le dieron el rol de imputado en una causa compleja en la que se investigaban a varias personas por varios delitos.

Se vio en la necesidad de contratar un abogado defensor por primera vez en su vida y sin entender siquiera lo que ocurría.

El mero hecho de haber recibido dinero sin saber que su procedencia era ilícita, le perjudicó de una manera que jamás se habría podido imaginar.

El desenlace

Tras una contundente y preparada declaración, el Juzgado pudo constatar que su papel fue realmente el de hacer un favor a un amigo al que no le funcionaba su tarjeta de crédito. Demostró que inmediatamente después de recibir el dinero, sacó en el cajero la misma cantidad. Además, mediante mensajes demostró que ese dinero se lo entregó a su amigo ese mismo día.

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Chabaneix Abogados Penalistas; despacho de abogados expertos en delitos de blanqueo de capitales, consiguió convencer al Juzgado de que estos indicios eran realmente fruto de una situación tan normal que podría haberle ocurrido a cualquier hombre medio. Con ayuda de la experiencia, de la jurisprudencia, y de documentación necesaria, el despacho demostró que había ausencia absoluta de dolo, de conocimiento y que la inmediatez con la que sucedieron los hechos, demostrados con mensajes, no podía más que apoyar esta versión.

Finalmente, tras un episodio de angustia, dicha persona se encuentra fuera del procedimiento y ha podido volver a su vida normal. Pero, no volverá a recibir una transferencia sin un motivo concreto…