El Boletín Oficial del Estado publica la decisión del Consejo de Ministros con dos reales decretos ley sobre vivienda que el Parlamento rechazó previamente. El Gobierno vuelve a publicarlos y espera que los apruebe la Diputación Permanente, el órgano parlamentario que sustituye al Congreso entre elecciones. Con Carlos Sánchez, responsable del área jurídica de Alquiler Seguro, hemos analizado todas las claves del Real Decreto Ley.
Carlos Sánchez, responsable del área jurídica de Alquiler Seguro, analiza las medidas que afectan a contratos, desahucios y conversión de alquileres temporales
"Se retirarán viviendas del mercado"
El primer decreto (28/2026) intenta reforzar la estabilidad de los contratos, convirtiendo la continuidad en la regla general para reducir la rotación forzosa y los costes para los hogares. El segundo (29/2026) busca proteger la función social de la vivienda, limitar la especulación, reforzar la protección de inquilinos vulnerables y ampliar el parque de vivienda asequible y pública.
Sobre el primer decreto, que establece prórrogas automáticas de cinco o siete años según el tipo de inquilino y obliga al arrendador a lanzar un preaviso seis meses antes, Sánchez señala que "se genera inseguridad jurídica cuando se cambia la regla del juego". Critica que el texto no determina exactamente los requisitos para resolver un alquiler en casos de impago o incumplimiento.
El experto predice que estas modificaciones "a golpe de decretazo" bloquean el sector y generan conflicto entre arrendador y arrendatario que termina resolviéndose en juzgados saturados. "En el corto plazo se paralizarán firmas, se retirarán viviendas del alquiler y seguirá afectándose de lleno a la oferta", advierte, señalando que los afectados directos serán tanto propietarios como inquilinos que encontrarán menos viviendas disponibles.
