Las aplicaciones móviles se han convertido en uno de los activos más valiosos para muchas empresas españolas, pero existe una paradoja preocupante: se invierte mucho en desarrollar una aplicación, pero no se invierte en protegerla jurídicamente. Esta es la advertencia que lanzan Javier Iglesias Fernández de la Mela, socio del Departamento de Propiedad Industrial e Intelectual de Falcón Abogados, y Lucía León Ariza, asociada del mismo departamento.
Expertos de Falcón Abogados alertan sobre los riesgos de no registrar la propiedad intelectual de las aplicaciones móviles.
Una aplicación no es solo una idea. Detrás hay un código, un diseño, contenidos, marcas, bases de datos y, en ocasiones, algoritmos o desarrollos tecnológicos. Cada uno de estos elementos puede recibir una protección jurídica diferente, y España cuenta con un potente ecosistema digital que permite salvaguardar estos activos.
La asociada de Falcón Abogados insiste en la importancia de adelantarse a los problemas: "Como tantas otras veces, se trata de adelantarse a lo que pueda pasar y muchas veces uno tiene una situación perfectamente montada y organizada y tiene buena fe pero no sabe lo que puede pasar. Entonces es mejor adelantarse, acceder a ese registro que tenemos disponible, depositar el código fuente de la aplicación y tener un certificado que acredite por lo menos que en fecha X se depositó".
"Sí, en España las aplicaciones móviles se protegen como programas de ordenador. La Ley de Propiedad Intelectual lo contempla expresamente"
¿Merece la pena registrar una aplicación?
Javier Iglesias confirma que sí merece la pena, aunque aclara una diferencia fundamental: "Los derechos de autor nacen por sí solos. La inscripción cuando depositamos la obra en el registro de propiedad intelectual va a ser declarativa, no es constitutiva de derechos como por una marca, por ejemplo, o con una patente. Los derechos nacen cuando nosotros depositamos la solicitud en la Oficina Española de Patentes y Marcas, pero los derechos de autor no es así".
Sin embargo, el socio de Falcón Abogados subraya la utilidad del registro: "Merece la pena porque refuerza nuestra posición jurídica a la hora de acreditar la autoría, la fecha de creación. Entonces de cara a un conflicto con un competidor, con un antiguo socio, con quien sea, es muy útil, nos ayuda".