Los chats laborales, el correo electrónico, las conversaciones de WhatsApp, ¿quién no ha recibido un mensaje de trabajo fuera del horario de oficina? Con tanta tecnología la desconexión digital en el trabajo se vuelve algo cada vez más difícil de lograr y se ve aún más acentuado durante el confinamiento donde muchos trabajadores se han visto obligados a teletrabajar.
Pero, ¿hasta qué punto nuestro jefe nos puede exigir que consultemos el correo del trabajo o contestar un mensaje fuera del horario laboral? En una nueva entrega de Cibercotizante, José Joaquín Flechoso, detalla los derechos laborales en materia digital.
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Penalizaciones por incumplir la desconexión digital
"Obligarnos en ningún caso", señala Flechoso. Desde 2018 en la ley se protegen los derechos digitales de los trabajadores y quienes incumplan este derecho serán sancionados.
"Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar", recoge la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales.
Esto quiere decir que ningún trabajador puede ser despedido por no contestar un correo o un WhatsApp fuera de horario. En caso que la empresa abuse del envío de mensajes, el incumplimiento puede dar lugar a una multa de hasta 6.250 euros de indemnización al trabajador.
Sin embargo, hay matices. Y es que los trabajadores y la empresa pueden generar acuerdos. En BBVA por ejemplo, los trabajadores tienen el derecho de apagar el móvil y no revisar el correo una vez que finalice su jornada. También Telefónica regula la desconexión digital, ya que es parte de los derechos fundamentales de los trabajadores.