La magistrada ha argumentado en el auto que "la legislación prohíbe que se admita a trámite cualquier solicitud de concurso necesario". Considera además que este requerimiento debería haberse presentado con anterioridad. Además debería haberse enviado la solicitud para su conocimiento en el orden jurisdiccional contencioso administrativo o ante la Jurisdicción de la Unión Europea.
No se trata de la primera solicitud que no ha prosperado. La Audiencia Nacional también decidió no suspender cautelarmente la operación de fusión entre las dos entidades bancarias por requerimiento de los solicitantes.